Estatuto de la FETIA

ESTATUTO DE LA FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA Y AFINES

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CAPITULO I

Del Nombre, Domicilio, Constitución, Duración, Ámbitos Subjetivo y Territorial de Actuación.

Artículo 1: En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Capital de la República Argentina, el día 08 de Octubre de 1999, se constituye la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA Y AFINES (FeTIA), en adelante, “la Federación”, organización sindical de segundo grado con carácter permanente y con domicilio legal en Independencia 766 de la misma ciudad. La federación se constituye dentro de la Central de los Trabajadores Argentinos (CTA), organización sindical de tercer grado legalmente inscripta en el Registro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos humanos de la Nación con el N° 2.027/97.

Artículo 2: La zona de actuación de la Federación abarca todo el territorio de la República Argentina. Podrán adherir a ella sindicatos de primer grado, uniones y asociaciones de trabajadores, que posean personería gremial, inscripción gremial o se encuentra en proceso de inscripción, siempre que, aceptando los principios, fines y fundamentos de la Federación, nucleen a trabajadores y trabajadoras que desarrollen su labor productiva y creadora dentro de la actividad de la industria en general o en cualquiera de sus ramas en particular y en sus actividades accesorias y afines. El ámbito de profesionalidad de la Federación comprende a las organizaciones gremiales que representen, a su vez, a trabajadores y/o empleados, activos y pasivos, de cualquier nivel jerárquico, oficio, profesión y especialidad, que cumplan funciones en todo tipo de empresa, establecimiento o centro de trabajo, urbano o rural, sean ellos privados –de capital nacional o extranjero-, públicos –del Estado Nacional, los Estados Provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Municipios o Entes autárquicos- o mixtos, que desarrollen actividades industriales, entendiendo por tales, enunciativamente, todas las tareas y/o procesos dedicados a la producción, modificación, transformación, combinación, reparación, reciclaje, procesamiento, estiba y almacenamiento de bienes, máquinas, herramientas, sistemas, mecanismos, aparatos u objetos de toda índole, metales, minerales, materias simples, compuestas, orgánicas e inorgánicas, para uso civil, militar, terrestre, naval, aeronáutico, etc., y su posterior distribución, constituyan las mismas su rubro principal o accesorio, y destinen a ellas la totalidad o parte de sus trabajadores, recursos o instalaciones, Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, se consideran especialmente comprendidas dentro del ámbito de profesionalidad de la Federación, a las siguientes actividades o ramas industriales: siderúrgica, metalúrgica, mecánica, metalmecánica, automotriz, de autopartes, del neumático, del caucho, del cuero, del calzado, de la indumentaria, textil, maderera, papelera, gráfica, alimenticia, azucarera, refinera, vitícola, vitivinícola, de aguas gaseosas, minera, química, petroquímica, bioquímica, óptica, ortopédica, cibernética, informática, plástica, del vidrio, de la construcción, de la aeronavegación, fabricaciones militares, astilleros y construcciones navales, con todos sus afines, en todas sus etapas de producción y distribución, incluyendo sus dependencias administrativas y comerciales.

CAPITULO II

De los objetivos y fines

Artículo 3: Objetivos y fines de la Federación.

Son los siguientes:

a) Representar y defender los intereses gremiales de todas las organizaciones y de los trabajadores y trabajadoras comprendidos en su ámbito subjetivo de actuación, tendiendo a remover los obstáculos que de cualquier forma impidan o dificulten la realización plena de los mismos;

b) Garantizar, practicar y defender la más absoluta autonomía sindical con respecto al Estado, los empleadores y partidos políticos;

c) Propender al desarrollo técnico, profesional, cultural, físico y social de los trabajadores/as y su familia, prestando servicios sociales, formativos, técnicos, culturales, jurídicos y medico-asistenciales, en forma directa o a través de patrimonios de afectación o instituciones sociales solidarias;

d) Hacer efectiva la democracia sindical, promoviendo el voto directo y secreto de los afiliados para elegir la conducciones Nacionales, Provinciales, Regionales, Locales y/o de Rama;

e) Representar a todos los trabajadores que desarrollen las actividades comprendidas dentro de esta Federación, ante la CTA, a la cual se reconoce como verdadera y legítima representante de la clase trabajadora del país, y con la cual se compromete a trabajar mancomunadamente para defender los intereses individuales y colectivos de todos los trabajadores y propender a mejorar la situación económica, social y cultural de los mismos;

f) Rechazar las estériles divisiones y sectarismo de cualquier tipo, y desarrollar una acción solidaria en defensa del derecho de sindicalización y de los intereses de las asociaciones sindicales adheridas y las que se adhieran en el futuro, impulsando la democracia y el garantismo sindical como fundamentos para lograr los propósitos de la Federación;

g) Garantizar el respeto a toda idea política, filosófica y religiosa que no se oponga ni lesione la democracia, la tolerancia y los derechos humanos;

h) Revalorizar la ética en la conducción y representación, atacando la corrupción y el falso pragmatismo con el que las dirigencias caducas terminan legitimando el saqueo del patrimonio nacional y el ajuste perjudicial a los que elaboran la riqueza del país;

i) defender la democracia recuperada por la lucha popular y su profundización hasta alcanzar la verdadera democracia política, económica y social;

j) Promover la igualdad universal entre todos los trabajadores y trabajadoras, entablando vínculos solidarios con otras organizaciones de trabajadores del país y del mundo, bregando por la vigencia efectiva de normas y condiciones igualitarias y protectoras del trabajo humano, la abolición absoluta del trabajo infantil, la discriminación y toda condición indigna de subordinación y trato, en cumplimiento de los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos y los Convenios de la Organización Internacional del trabajo.

CAPITULO III

Afiliación. Derechos y Deberes de los afiliados

Artículo 4: La afiliación a la Federación es un acto voluntario y libre de los trabajadores y trabajadoras, y de las organizaciones sindicales de primer grado comprendido en el ámbito subjetivo de actuación previsto en el presente estatuto, sin más límite que la aceptación y práctica de los objetivos, principios, fines y fundamentos señalados en el artículo 3 del mismo. La afiliación de la organizaciones se efectivizará previa decisión de la asamblea o congreso de la respectiva entidad –de acuerdo con el procedimiento y las condiciones establecidas en el estatuto de la misma- y deberá ser aceptada por la Comisión Ejecutiva Nacional de la Federación.

Los trabajadores y trabajadoras no afiliadas a ninguna organización sindical integrante de la Federación podrán afiliarse a ésta en forma directa, siempre que desempeñen actividades comprendidas dentro del ámbito subjetivo de la Federación.

También podrán afiliarse a la Federación los trabajadores y trabajadoras que carezcan de la documentación que acredite la relación de empleo, y los que realicen su actividad de manera autónoma, siempre que la misma se encuentre comprendida dentro del ámbito subjetivo de la Federación y no tengan, a su vez, a otros trabajadores o trabajadoras bajo su dependencia.

Artículo 5: Derechos de las Organizaciones afiliadas.

Todas las organizaciones adheridas tienen los siguientes derechos:

a) Autarquía económico-financiera;

b) Autonomía en la negociación colectiva dentro de los ámbitos personal y territorial que representan,

c) Desafiliarse de la Federación en los términos previstos en el art. 11 del presente

d) Participar en todas las actividades y decisiones de la Federación;

e) Constituir, dentro de la Federación, ramas de actividad u oficio, o estructuras provinciales, región ales, y/o locales, respetando la legislación vigente y el presente estatuto;

f) Elegir y postular candidaturas para integrar cualquier órgano de la Federación. Todos los órganos de dirección y representación serán electivos y surgirán del voto individual y secreto de todos los trabajadores y trabajadoras que la componen, de acuerdo con el presente estatuto y las normas vigentes;

g) Solicitar la convocatoria a Congreso Extraordinario de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 13 de este estatuto;

h) Proponer al Congreso, la Comisión Directiva Nacional o las Comisiones Ejecutivas Provinciales, Regionales, Locales o de Rama, la adopción de programas de acción, planes de lucha o medidas de fuerza;

i) Pedir informes a la Comisión Revisora de Cuentas y revisar los libros de contabilidad de la Federación en todos sus niveles, siempre que lo solicite por escrito ante la secretaría de Finanzas con por lo menos diez (10) días de anticipación;

j) Recibir el asesoramiento sindical, técnico y asistencial en la forma en que lo dispongan sus órganos respectivos;

k) Usufructuar todos los beneficios, garantías y servicios que disponga la Federación; pedir informes a la Comisión Revisora de Cuentas y revisar los libros de contabilidad de la Federación en todos sus niveles, siempre que lo solicite por escrito ante la Secretaría de Finanzas con por lo menos diez (10) días de anticipación;

l) La Constitución o afiliación a esta Federación, no impide a las organizaciones que formen parte de ella constituir, integrar o afiliarse a otras federaciones u organizaciones sindicales de segundo grado, aunque exista coincidencia parcial entre los ámbitos profesional y territorial de éstas y el de la federación.

Artículo 6: Derechos de los trabajadores y trabajadoras afiliados:

A su vez, todos los trabajadores y trabajadoras afiliados directos tienen los siguientes derechos:

a) Participar en todas las actividades y decisiones de la Federación;

b) Constituir, dentro de la Federación, ramas de actividad u oficio, o estructuras regionales, provinciales o locales, respetando la legislación vigente y el presente estatuto;

c) Elegir por voto directo y secreto las autoridades de la Federación;

d) Postular candidaturas para integrar cualquier órgano de la Federación;

e) Solicitar la convocatoria a Congreso Extraordinario de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 13 de este estatuto;

f) Recibir el asesoramiento sindical, técnico y asistencial en la forma en que lo dispongan sus órganos respectivos;

g) Aprobar, a través de la integración de órganos deliberativos o mediante referéndum, los anteproyectos de convenios colectivos de trabajo, actas acuerdos y sus modificaciones;

h) Pedir informes a la Comisión Revisora de Cuentas y revisar los libros de contabilidad de la Federación en todos sus niveles, siempre que lo solicite por escrito ante la Secretaría de Finanzas con por lo menos diez (10) días de anticipación;

i) Usufructuar todos los beneficios, garantías y servicios que otorgue la Federación;

j) Como consecuencia directa del pago de la cuota sindical impuesta por la Federación, los trabajadores y trabajadoras serán considerados, a su vez, en forma automática, simultánea y conjuntamente, afiliados a la CTA, con todos los derechos y obligaciones derivados de ambas afiliaciones.

Artículo 7: Deberes de los afiliados.

Los afiliados tendrán las siguientes obligaciones:

a) Conocer y cumplir el presente estatuto, y velar por la consecución de los fines y objetivos que la Federación propugna;

b) Respetar y cumplir las decisiones democráticamente adoptadas por la Federación en cada uno de los órganos y niveles de actuación;

c) Respetar la persona y opinión de los otros afiliados, en todos los actos, Asambleas y Congresos que se realicen;

d) Abonar en tiempo oportuno la cuota de afiliación que fije el Congreso Nacional y respetando los porcentajes y condiciones de distribución y participación de dicha autoridad establezca;

e) Informar todo cambio de domicilio o sede de la administración principal;

f) Conservar su afiliación a la CTA.

Artículo 8: Cancelación de la afiliación, Pérdida de derechos del afiliado. Medidas disciplinarias y sanciones.

Son condiciones para mantener la afiliación:

a) la voluntad del afiliado; y

b) el pago de la cuota sindical

La afiliación directa del trabajador/a subsiste mientras se mantenga el cumplimiento de las consideraciones enumeradas precedentemente, aun en caso de desempleo o jubilación. De darse alguno de estos dos últimos supuestos, será privativa de la Comisión Ejecutiva Nacional la exención del pago de la cuota sindical en atención a las particularidades del caso.

La pérdida de los derechos sindicales de los afiliados/as se producirá por cancelación de la afiliación o por sanción disciplinaria.

Podrán aplicarse las siguientes sanciones: a) Apercibimiento; b) Suspensión; y c) Expulsión.

Se considerarán conductas sancionables el incumplimiento de los Estatutos o cualquier otra conducta contraria a los fines y objetivos de la Federación; la violación o desconocimiento de la política sindical y de las decisiones democráticamente aprobadas por los órganos competentes; y el incumplimiento o vulneración de los principios fundacionales de la Federación.

Artículo 9: Supuestos de Cancelación y Sanciones Disciplinarias.

1) Cancelación de la afiliación

Precederá en los casos siguientes:

a) Renuncia del afiliado; o

b) Falta de pago de seis (6) cuotas consecutivas y sin regularizar la situación luego de intimación fehaciente, salvo la exención prevista en el segundo párrafo, cláusula segunda, del artículo 8 del presente estatuto.

En todos los casos deberá ser resuelta por el Congreso Nacional extraordinario en las condiciones previstas en el artículo 13.3 e) del presente.

2) Apercibimiento y suspensión.

Podrán tener lugar ante las siguientes causales;

a) Incumplimiento de las normas estatutarias;

b) Incumplimiento de las resoluciones de los órganos deliberativos de la entidad;

c) Cuando se ocupare un cargo gremial sin ejercerlo con la dedicación, voluntad y responsabilidad que dicha función implica. Se tendrán por incursas en este supuesto las siguientes conductas: c.1) no concurrencias reiteradas al local sindical que corresponda, sin causa justificada; c.2) no participación en un conflicto que involucre directamente a sus representados y corresponda a su competencia funcional y territorial; c.3) inasistencias reiteradas a reuniones de los órganos ejecutivos de su pertenencia.

3) Expulsión.

Procederá exclusivamente ante alguno de los siguientes supuestos:

a) Haber cometido violaciones estatutarias graves o incumplido decisiones de los cuerpos directivos o resoluciones de los congresos, cuya importancia justifique la medida;

b) Haber colaborado con los empleadores en actos que importen prácticas desleales judicialmente;

c) Haber recibido subvenciones directas o indirectas de los empleadores con motivo del ejercicio de cargos sindicales;

d) Haber sido condenado por la comisión de delito en perjuicio de una asociación sindical;

e) Haber incurrido en actos susceptibles de acarrear graves perjuicios a la asociación sindical o haber provocado desórdenes graves en su seno.

Artículo 10: Órgano del que resulte la sanción aplicable.

Si la conducta punible fuere ejecutada por un afiliado, el apercibimiento o la suspensión por un plazo no mayor de noventa (90) días hábiles podrá decidirlo la Comisión Ejecutiva Nacional, Provincial, Regional o de Rama, según corresponda, ad referéndum de lo que resuelva el Congreso respectivo. El afiliado sancionado tiene derecho a ser oído, a estar presente en ambas instancias y durante la discusión de la sanción, y a ejercer plenamente su derecho de defensa.

La expulsión solo podrá ser resuelta por el Congreso Nacional.

Si la conducta punible fuere ejecutada por una entidad sindical afiliada a la Federación, el Consejo Nacional deberá designar una Comisión Ad Hoc para que efectúe una información sumaria que deberá ser presentada ante el Congreso Nacional de la Federación. La decisión en estos casos sólo podrá ser adoptada por este Congreso, ante el cual la organización cuestionada deberá tener la posibilidad garantizada de estar presente, ser oída y ejercer un amplio derecho de defensa.

En todos los casos, se le garantizará al afectado el derecho de voz y voto.

Una vez agotada la vía asociacional, el afectado –afiliado directo o entidad sindical- podrá recurrir judicialmente la medida.

Artículo 11: Desafiliación y renuncia.

Las asociaciones sindicales de primer grado que componen la Federación podrán desafiliarse de ésta en cualquier circunstancia y sin invocación de causa, por propia decisión de su respectivo órgano deliberativo máximo estatutario. La asociación quedará desafiliada de la Federación a partir del mismo día en que se notifique fehacientemente a ésta la resolución del órgano competente. Tal desafiliación operará de pleno derecho y no se necesitará para ello conformidad alguna de la Federación ni de ninguno de sus órganos. Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, la federación tendrá derecho a estar presente y ser oída en la sesión de la asamblea u órgano deliberativo de la asociación de primer grado en que se trate o decida la desafiliación. A tal efecto, la asociación comunicará a la Federación, con una anticipación mínima de cuarenta y ocho (48) horas, el lugar, fecha y hora de la sesión.

Si se tratare de un trabajador afiliado directo, deberá presentar su renuncia por escrito ante el mismo órgano en el que tramitó su afiliación. La Comisión Ejecutiva Local, Regional, Provincial, de Rama o Nacional, según sea el caso, podrá dentro de los treinta (30) días de recibida la renuncia, rechazarla si existiere un motivo legítimo para expulsar al afiliado renunciante. De no existir pronunciamiento dentro de los treinta (30) días, o rechazada la renuncia en violación a lo dispuesto en el párrafo precedente, se considerará automáticamente aceptada.

CAPÍTULO IV

Estructura de la Federación.

Determinación de las autoridades.

Artículo 12: Del gobierno de la Federación

Los cuerpos orgánicos de conducción, dirección y administración de la Federación son los siguientes:

a) Congreso Nacional;

b) Consejo Nacional

c) Comisión Ejecutiva Nacional

d) Congresos Provinciales, Regionales y de Rama;

e) Comisiones Ejecutivas Provinciales, Regionales, Locales y de Rama;

f) Seccionales, Delegaciones y Comisiones Internas;

g) Asambleas de trabajadores y trabajadoras afiliados.

Artículo 13: Del Congreso Nacional.

El Congreso Nacional es el máximo órgano deliberativo y decisorio de la Federación

Composición:

La representación de cada entidad sindical o de afiliados directos ante el Congreso será de un (1) Delegado Congresal por cada quinientos (500) trabajadores/as afiliados/as. Los delegados Congresales de las entidades afiliadas, a nivel nacional, regional, provincial, local y de rama, serán elegidos de acuerdo con sus respectivos estatutos. Dichas entidades tendrán derecho en todos los casos a un (1) Delegado Congresal como mínimo. A falta de previsión expresa en los estatutos, los Delegados Congresales se elegirán por comicio o asamblea de la asociación sindical adherida.

Los trabajadores y trabajadoras afiliados no representados por entidades sindicales adheridas, podrán elegir sus Delegados Congresales por el territorio y/o por la rama o sub-ámbito profesional que los agrupe. A tal efecto, se deberán efectuar Asambleas por Provincia, Región, Localidad o Rama, en las que solo participarán los afiliados directos, y elegirán sus Delegados Congresales en igual proporción, por mayoría.

Para ser Delegado Congresal se requiere cumplir con los requisitos exigidos por los estatutos de las entidades adheridas; estar afiliado a alguna de éstas o a la Federación; y tener treinta (30) días de antigüedad en la afiliación como mínimo. Si el estatuto de la entidad sindical exige un tiempo mayor, regirá este último.

Los afiliados no podrán ser contabilizados dos (2) veces para su representación en el Congreso.

Los Secretarios Generales de las Comisiones Ejecutivas Nacional, Provinciales, Regionales, Locales y de Ramas, invisten por derecho propio de dichos cargos el carácter de Delegados Congresales.

El número de delegados de un sindicato al Congreso de la Federación no podrá exceder del veinte por ciento (20%) del total de los Delegados Congresales.

2) Funcionamiento

El Congreso Nacional Ordinario será convocado cada año calendario, y su convocatoria será comunicada a los afiliados con no menos de treinta (30) ni más de sesenta (60) días de anticipación. Asimismo, deberá ponerse en conocimiento de la autoridad de aplicación no menos de diez (10) días antes de su celebración.

El Congreso Nacional podrá ser convocado con carácter de extraordinario, con no menos de cinco (5) días de anticipación, por propia decisión de la Comisión Ejecutiva Nacional o a pedido del Consejo Nacional y/o del quince por ciento (15%) de los afiliados como mínimo, que pertenezcan por lo menos a cinco (5) provincias o regiones. A este efecto, la pertenencia a una rama equivaldrá a dos (2) divisiones territoriales. También deberá constituirse a convocatoria del treinta y tres por ciento (33%), en conjunto, de las Comisiones Ejecutivas Provinciales, Regionales, Locales o de Ramas.

En todos los casos, la convocatoria deberá publicarse oportuna y adecuadamente por medios fehacientes, conteniendo claramente el orden del día, lugar de realización, fecha y hora de comienzo de las deliberaciones, y el tiempo previsto de duración.

Antes de dar comienzo a la sesión del Congreso, se elegirá de su seno una Comisión de Poderes, integrada por diez (10) miembros, que tendrán a su cargo la verificación de la identidad y representación de los Delegados Congresales asistentes. Una vez producido el despacho correspondiente, automáticamente se la Comisión de Poderes y quedará constituido el Congreso, que comenzará con la elección de su Presidente. Oficiará como Secretario de actas del Congreso, el pertinente miembro de la Comisión Ejecutivas Nacional o, en su ausencia, el que el Congreso elija a tal efecto.

En ningún caso podrán ser alterados ni sustituidos los puntos y contenidos del Orden del Día. Las mociones de orden tendrán como único efecto ordenar el debate, decidir cuartos intermedios, alterar el orden de tratamientos de los temas, solicitar su tratamiento por comisiones o solicitar opinión o despacho por algunos de los órganos estatutarios de la Federación. En caso de duda relativa al desarrollo de las sesiones del Congreso de la Federación, se aplicará supletoriamente el reglamento de la Cámara de Diputados de la Nación.

3) Atribuciones:

Serán facultades privativas del Congreso Nacional:

a) Determinar los criterios generales de actuación, la actividad sindical, la política de organización y finanzas, y la política internacional de la Federación;

b) Aprobar y modificar los estatutos;

c) Aprobar las memorias y balances;

d) Aprobar los anteproyectos de convenios colectivos de trabajo y de actas de acuerdos de la Federación y las modificaciones a los mismos;

e) Resolver respecto de las cancelaciones de las afiliaciones de las organizaciones sindicales adheridas, para lo cual será necesario contar con la aprobación del setenta y cinco por ciento (75%) de los delegados, expresada mediante voto directo y secreto en sesión extraordinaria convocada a tal efecto;

f) Resolver respecto de las medidas disciplinarias, cuando corresponda conforme a los artículos 8, 9 y 10 de este estatuto;

g) Fijar el monto de las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de los afiliados;

h) Elegir los miembros de la Junta Electoral;

i) Resolver sobre la fusión con otras asociaciones y sobre la afiliación o desafiliación a otras asociaciones nacionales y/o internacionales, bajo las siguientes condiciones: 1) que no se afecte la dirección, administración o manejo patrimonial de la federación; 2) que los estatutos de la otra entidad no admitan la facultad de disponer la intervención a los órganos directivos de la Federación; 3) que no implique ni requiera la desafiliación de la Federación de la CTA, en cuyo caso deberá respetarse lo establecido en el inciso i) del presente artículo;

j) Aprobar la desafiliación de la Federación a la CTA, en sesión extraordinaria convocada especialmente a tal fin, siguiendo el procedimiento y las condiciones establecidas en el Capítulo VIII para la reforma del presente estatuto. La desafiliación de que trata el presente tendrá efecto una vez que se agote la vía asociacional mediante resolución aprobatoria del órgano de la CTA con competencia estatutaria al efecto. Sin perjuicio de ello, la CTA tendrá derecho a participar y ser oída en la sesión respectiva, para lo cual deberá ser notificada fehacientemente, con una anticipación mínima de diez (10) días, indicándose lugar, fecha y hora de la misma.

Artículo 14: Del Consejo Nacional.

El Consejo Nacional estará compuesto por el Secretario General –o en su ausencia, el Secretario Adjunto- de cada entidad sindical federada, y el Secretario General –o en su ausencia, el Secretario Adjunto- de la Comisión Ejecutiva Nacional y de cada Comisión Ejecutiva Provincial, Regional, Local y de Rama. Será presidido por el Secretari0o General de la Comisión Ejecutiva Nacional de la Federación –o en su ausencia, el Secretario Adjunto de la misma.

Funcionará como organismo de consulta y de contralor de la Comisión Ejecutiva Nacional, encargado de velar por el cumplimiento de las resoluciones adoptadas por cada Congreso Nacional, o de avalar las modificaciones que las mismas deban sufrir si es el caso.

Estará facultado para designar autoridades en los organismos y/o las instituciones que pudieran crearse para brindar servicios a los afiliados, y para ejercer sobre los mismos un adecuado control. Los nombramientos que efectúe serán ad referéndum del próximo Congreso Nacional, ante el cual deben también informar de los controles efectuados.

Deberá elaborar el Orden del día de los Congresos Nacionales, tarea que desempeñará en conjunto con la Comisión Ejecutiva Nacional.

Podrá resolver la convocatoria de un Congreso Nacional Extraordinario cuando lo decidan los dos tercios (2/3) de la totalidad de sus miembros.

Artículo 15: De la Comisión Ejecutiva Nacional.

La federación estará dirigida y representada legal e institucionalmente por una Comisión Ejecutiva Nacional compuesta por quince (15) miembros secretarios y cinco (5) vocales titulares y cinco (5) vocales suplentes, todos elegidos mediante voto directo y secreto de los trabajadores afiliados, y desempeñará principalmente las siguientes funciones:

a) Ejecutar las decisiones adoptadas por el Congreso Nacional;

b) Crear todas las secretarías que considere necesarias para el mejor cumplimiento de las funciones que tienen encomendadas, con el solo requisito de someterlo a consideración y consenso del Consejo Nacional;

c) Aceptar las afiliaciones de entidades sindicales con ámbito territorial de representación nacional o que comprenda a dos (2) o más provincias;

d) Intervenir en las negociaciones colectivas en que sea parte de la Federación;

e) Decidir la adopción de medidas de conflicto y toda otra de acción sindical;

f) Convocar elecciones generales de autoridades;

g) Convocar a Congresos ordinarios y extraordinarios;

h) Elaborar el Orden del día de los Congresos ordinarios y extraordinarios;

i) Celebrar toda clase de contratos, adquisiciones, permutas, enajenaciones, gravámenes, y otorgar poderes generales o especiales. Todo acto que obligue a la Federación deberá contar necesariamente con la firma de su Secretario General y del Secretario de Tesorería y Finanzas. Asimismo, las ventas y/o gravámenes de inmuebles, deberán ser previamente autorizadas por el Consejo Federal o el Congreso Nacional de la Federación.

Artículo 16: Funcionamiento de la Comisión Ejecutiva Nacional.

La Comisión Ejecutiva Nacional se reunirá ordinariamente cada treinta (30) días, y extraordinariamente cuando lo crea necesario el Secretario General o lo soliciten cinco (5) de sus miembros titulares. Para las reuniones extraordinarias deberá citarse con cinco (5) días de anticipación por medio fehaciente.

Podrá sesionar legalmente con la presencia de la mitad más uno de sus miembros, y sus resoluciones serán adoptadas por simple mayoría.

Artículo 17: Cargos y funciones de la Comisión Ejecutiva Nacional.

El mandato de los miembros de Comisión Ejecutiva Nacional tendrá una duración de cuatro (4) años y podrán ser reelectos.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el sub-punto b) del artículo 15, los miembros de la Comisión Ejecutiva Nacional deberán desempeñar las secretarías y funciones que se enumeran a continuación.

Artículo 18: Secretaría General

Son atribuciones del Secretario General:

a) representar legalmente a la Federación junto con el Secretario de Tesorería y Finanzas;

b) presidir las reuniones de la Comisión Ejecutiva Nacional, el Consejo Nacional y los Congresos Nacionales, efectuar sus convocatorias y confeccionar sus órdenes del día:

c) suscribir las Escrituras Públicas o documentos privados que obliguen a la institución;

d) firmar los contratos, documentos de pago, poderes, credenciales a otorgarse y las actas de las reuniones enumeradas en el inciso b) de este artículo;

e) representar a la Federación ante la Central de los Trabajadores Argentinos (CTA).

Artículo 19: Secretaría Adjunta.

Son atribuciones del Secretario Adjunto:

a) reemplazar al Secretario General en su ausencia;

b) participar directamente en las tareas asignadas por la Comisión Ejecutiva;

Artículo 20: Secretaría Administrativa.

Son atribuciones del Secretario Administrativo:

a) organizar del trabajo de la Comisión Ejecutiva Nacional;

b) verificar la entrada y salida de toda correspondencia, y contestarla acompañando su firma con la del Secretario General o del Secretario que corresponda según el ámbito de incumbencia.

c) controlar la mesa de entradas y salidas de lo Comisión Ejecutiva Nacional;

d) control y registro de los empleados y colaboradores de la Comisión Ejecutiva Nacional.

Artículo 21: Secretaría Gremial

Son atribuciones del Secretario Gremial:

a) asegurar el logro de los objetivos que se refiere el artículo 3 de este estatuto;

b) colaborar en la ejecución del programa de acción;

c) ordenamiento y seguimiento de los conflictos que lleve adelante la Federación;

d) colaborar en la elaboración de proyectos políticos y/o sindicales, especialmente en los Convenios Colectivos de Trabajo de la Federación;

e) coordinar la acción gremial de la federación con la de la CTA.

Artículo 22: Secretaría de organización

Son atribuciones del Secretario de Organización:

a) controlar el cumplimiento de las obligaciones emergentes del Estatuto Social;

b) desarrollar una permanente acción para afiliar a trabajadores y organizaciones, y crear dentro de la Federación nuevas provincias, regiones, localidades o ramas;

c) elaborar y controlar el padrón electoral.

Artículo 23: Secretaría de Comunicación y Difusión.

Son atribuciones del Secretario de Comunicación y Difusión:

a) redactar las noticias y comunicados de interés general, que dará a la prensa y publicidad en general;

b) comunicación y publicidad interna de la Federación;

c) elaborar y publicar el anuario de toda la actividad desarrollada por la entidad.

Artículo 24: Secretaría de Relaciones Institucionales.

Son atribuciones del Secretario de Relaciones Institucionales:

a) la relación con las instituciones externas a la Federación;

b) representar a la Federación ante el Congreso de la Nación;

c) representar a la Federación ante organizaciones no gubernamentales e instituciones de bien público.

Artículo 25: Secretaría de Relaciones Internacionales.

Son atribuciones del Secretario de relaciones Internacionales, que ejercerá con autorización de la Comisión Ejecutiva Nacional:

a) Representar a la Federación ante la Secretaría de Relaciones Internacionales de la CTA;

b) representar a la Federación ante la Organización Internacional del Trabajo, el Mercosur y todo otro foro, ámbito u organismo internacional;

c) organizar, gestionar y emprender acciones comunes o coordinadas con la CTA y organizaciones sindicales internacionales o del exterior, especialmente de los países que componen el Mercosur y otros de América latina.

Artículo 26: Secretaría de Tesorería y Finanzas.

Son atribuciones del Secretario de tesorería y Finanzas:

a) ejercer, junto con el Secretario General, la representación legal de la entidad;

b) manejar las finanzas de la organización y los valores que forman el patrimonio;

c) llevar la contabilidad en forma y modo que permita conocer en cualquier momento el estado de la misma;

d) poner a disposición de la Comisión Revisora de Cuentas los libros contables y demás documentos que hagan al funcionamiento institucional de la Federación;

e) elaborar el balance anual para ser suscripto por la Comisión Ejecutiva Nacional y sometido al Congreso Nacional Ordinario;

f) autorizar, junto al Secretario General, los pagos que efectúe la Federación;

g) firmar todo recibo y/o documento que signifique ingreso o egreso de capital o valores de la institución;

h) llevar actualizado conjuntamente con la Secretaría de Organización el registro de afiliados y sus cotizaciones.

Artículo 27: Secretaría de Asistencia Social.

Son atribuciones de la Secretaría de Asistencia Social:

a) organizar una obra social de los trabajadores que garantice la plena participación de los beneficiarios y la elección directa y democrática de sus autoridades;

b) organizar y controlar la ejecución de las prestaciones sociales, culturales y de turismo que otorgue la organización;

c) coordinar con las entidades no gubernamentales las políticas sociales en los ámbitos territoriales;

d) representar a la Federación, y peticionar en su nombre, ante los organismos de los Estados Nacionales, Provinciales y Municipales que se ocupen de la asistencia social de la población.

Artículo 28: Secretaría de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.

Son atribuciones del Secretario de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo:

a) elaborar la política de la Central respecto a las condiciones y medio ambiente de trabajo;

b) elaborar programas de capacitación juntamente con la secretaría respectiva sobre la materia;

c) representar a la entidad ante los organismos públicos que se ocupen de la materia.

Artículo 29: Secretaría de Derechos Humanos.

Son atribuciones del Secretario de Derechos Humanos:

a) elaborar las políticas y acciones dirigidas a sostener el pleno ejercicio de los Derechos Humanos de acuerdo con las definiciones y el espíritu de los Tratados y Convenios Internacionales y la Constitución Nacional;

b) relacionar a la Federación con todos los organismos de derechos humanos nacionales e internacionales

c) establecer los mecanismos tendientes a que la secretaría recepcione las denuncias sobre la violación a los derechos humanos y canalizarlas judicial o administrativamente ante quien corresponda;

d) participar y organizar reuniones, jornadas, conferencias o cualquier otro evento tendiente a tener la plena vigencia de estos derechos.

Artículo 30; Secretaría de Interior

Son atribuciones del Secretario de Interior:

a) relacionar y elaborar, coordinadamente con el Secretario de Organización, políticas y programas tendientes a la fundación de estructuras provinciales, regionales, locales o de rama, dentro de la Federación;

b) generar políticas tendientes a la integración de las distintas provincias, regionales o localidades con las políticas de la Comisión Ejecutiva Nacional;

c) participar, estimular y fomentar el pleno funcionamiento de los cuerpos ejecutivos y deliberativos.

Artículo 31: Secretaría de Actas

Son atribuciones del Secretario de Actas:

a) elaborar las actas de la Comisión Ejecutiva Nacional, del Consejo Nacional y del Congreso Nacional;

b) coordinar con las secretarías respectivas de cada jurisdicción la correcta elaboración de las actas y demás documentación que acredite el funcionamiento de los cuerpos ejecutivos y deliberativos del interior del país;

Artículo 32: Secretaría de Capacitación, Estudio, Proyectos y Estadísticas.

Son atribuciones del Secretario de Capacitación, Estudio, Proyectos y Estadísticas:

a) creación de un instituto de capacitación, estudio, proyectos y estadísticas para generar, sintetizar y proyectar los objetivos y principios de la Federación en el conjunto de los trabajadores y la sociedad;

b) estimular y organizar cursos de capacitación de dirigentes sindicales y sociales para la defensa de sus derechos, la modificación de la estructura social y la elevación del rol de los trabajadores en la sociedad;

c) fomentar el estudio y conocimiento de la problemática política, económica, social y jurídica de la clase trabajadora nacional e internacional.

Artículo 33: De los Congresos Provinciales, Regionales y de Rama.

Los Congresos Provinciales, regionales y de Rama son los máximos órganos deliberativos y decisorios, respectivamente, de cada provincia, región, localidad y rama.

1) Composición:

Estarán compuestos por un (1) Delegado Congresal cada cincuenta (50) afiliados.

Las Seccionales, Delegaciones, Comisiones Internas y otras subestructuras que fueren reconocidas dentro de cada nivel provincial, regional, local o de rama tendrán como mínimo un (1) Delegado Congresal, alcancen o no el mínimo de afiliados requeridos por el presente artículo.

Funcionamiento:

Regirán las mismas normas que las establecidas en el artículo 13 del presente estatuto.

Atribuciones:

a) Determinar los criterios generales de actuación, la actividad sindical, la política de organización y finanzas;

b) Aprobar la Memoria y Balance de su jurisdicción;

c) Elaborar las propuestas y considerar el Orden del Día propuesto por el Congreso Nacional con carácter previo a éste.

Artículo 34: De las Comisiones Ejecutivas Provinciales, Regionales y de Rama.

La dirección y la representación de la Federación a nivel provincial, regional, y de rama, serán ejercidas por Comisiones Ejecutivas Provinciales, Regionales y de Rama, respectivamente, compuestas por once (11) miembros cada una, elegidos por voto directo y secreto de los afiliados, que deberán desempeñar las mismas funciones asignadas a los cargos integrantes de la Comisión Ejecutiva Nacional, readaptadas a su nivel de actuación correspondiente.

Las Comisiones Ejecutivas citadas en el primer párrafo de este artículo tendrán autarquía económico-financiera y autonomía para negociar colectivamente en unidades comprendidas dentro de sus ámbitos personal y territorial de incumbencia, bajo condición de someter el proyecto de convenio o acuerdo resultante a la aprobación del Congreso territorial o de rama correspondiente, o a la Asamblea de Trabajadores a los cuales resulte aplicable el mismo,

Las Comisiones Ejecutivas Provinciales podrán disponer medidas de coordinación entre las Comisiones Ejecutivas Regionales y Locales u otras subestructuras comprendidas dentro de su ámbito territorial. Lo propio podrán hacer las Comisiones Ejecutivas de Rama son respecto a la Comisiones Ejecutivas de Seccionales, Delegaciones, Comisiones Internas u otras subestructuras comprendidas dentro de sus respectivos ámbitos de profesionalidad.

Artículo 35: De las Asambleas Locales

La Asambleas Locales son el máximo órgano deliberativo y decisorio de cada localidad.

Las Asambleas Locales tendrán las mismas funciones y facultades que los Congresos Nacionales y Provinciales o Regionales, adaptadas al nivel local.

Estarán compuestas por todos los afiliados de la localidad sean afiliados directos o indirectos (a través de la entidad sindical respectiva). Para participar en ellas se requiere ser afiliado a la Federación.

Las Asambleas Locales podrán ser ordinarias o extraordinarias, las primeras deberá aprobar anualmente la Memoria y Balance, y las segundas tratarán sobre el Orden del Día que establezca la Comisión Ejecutiva local o que solicite el diez por ciento (10%) o más, de los afiliados a dicha localidad.

Las Asambleas Locales Ordinarias deberán ser convocadas con no menos de treinta (30) días ni menos de sesenta (60) días de anticipación; y Asambleas Locales Extraordinarias deberán ser convocadas con no menos de cinco (5) días de anticipación.

La convocatoria de Asamblea Ordinaria y Extraordinaria deberá publicarse por medios fehacientes de la localidad, conteniendo claramente expresado el Orden del Día, el lugar de realización, y día y hora del comienzo. Las deliberaciones no podrán durar más de doce (12) horas por jornada.

Artículo 36: De la Comisiones Ejecutivas Locales y las Seccionales y Delegaciones.

1) Comisiones Ejecutivas Locales:

La Dirección y representación de la Federación a nivel local será ejercida por una Comisión Ejecutiva Local, compuesta por cinco (5) miembros titulares, elegidos por el voto directo y secreto de los afiliados.

Dicha Comisión deberá cumplir las mismas pautas, en cuanto a duración de mandatos, funcionamiento y atribuciones atinentes a su ámbito, que las Comisiones Ejecutivas Provinciales o Regionales. Su representación institucional estará a cargo del secretario Ejecutivo Local, quien será acompañado por cuatro (4) vocales titulares.

En todos los casos, contarán con la autarquía económico-financiera y la autonomía negocial previstas en el artículo 34, 2° párrafo, de este estatuto y en las condiciones allí previstas.

2) Seccionales, Delegaciones y Comisiones Internas:

A su vez, dentro de cada Rama de actividad u oficio, podrán constituirse Seccionales, Delegaciones y/o Comisiones Internas, por zonas, empresas, establecimientos y/o centros de trabajo.

Las Seccionales y Delegaciones serán conducidas y administradas por sendas Comisiones Ejecutivas, compuestas por cinco (5) y tres (3) miembros titulares, respectivamente, que tendrán las mismas funciones que las establecidas por este estatuto para que las Comisiones Ejecutivas de Rama, circunscriptas a su ámbito personal y zonal de incumbencia. Podrán también, en relación con dicho ámbito, negociar colectivamente en forma descentralizada de acuerdo con los términos y condiciones previstos en el artículo 34, 2° párrafo, del presente estatuto.

Las proporcionalidades exigibles para la elección de sus integrantes serán determinadas por las Comisiones Ejecutivas de la respectiva Rama.

Artículo 37: De la consulta interna o referéndum.

Sin perjuicio de la estructura organizativa plasmada en este Estatuto, para la conducción y toma de decisiones en el seno de la Federación, se adopta el sistema de la Consulta Interna directa o Referéndum, para ser aplicado en los casos trascendentes o cuando se considere necesario conocer la opinión directa de los trabajadores. Podrá convocarse por iniciativa espontánea de cualquiera de los órganos ejecutivos o deliberativos de la Federación .dentro de sus respectivos ámbitos de representatividad- o a solicitud de los afiliados.

En los casos en que se convoque a un referéndum, el resultado del mismo será vinculante para la dirección y administración de la Federación.

Para la puesta en marcha del Referéndum se aplicará el sistema que rige el proceso eleccionario, debiendo en cada caso el órgano o grupo de afiliados que haya solicitado la consulta, redactar los términos y opciones claras, simples y directas, en lo posible, que puedan ser negadas o afirmadas sin dar lugar a confusiones. En caso de detectarse o comprobarse el incumplimiento de estas premisas, podrá solicitarse ante la Junta Electoral la anulación de la consulta. La resolución de la Junta Electoral podrá ser apelada ante la autoridad de aplicación laboral o en forma directa ante la Justicia del Trabajo a opción del interesado.

CAPITULO V

Del control y la fiscalización.

Artículo 38: De la fiscalización contable y administrativa

La fiscalización contable y administrativa de la Federación a nivel nacional estará a cargo de una Comisión Revisora de Cuentas, integrada por tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes, que permanecerán tres (3) años en sus cargos, no pudiendo desempeñar ningún otro cargo o función dentro de los órganos nacional, provinciales, regionales, locales o de rama de la Federación.

La Comisión Revisora de Cuentas tiene por objeto velar por la buena marcha financiera de la Federación, siendo sus deberes y atribuciones:

a) Verificar en forma permanente si los libros de la Federación se llevan en orden y al día;

b) Revisar periódicamente las cuentas y toda documentación relacionada con el movimiento contable.

c) Determinar si el empleo de los fondos de la Federación se hace de acuerdo con los presupuestos y decisiones del Congreso Nacional;

d) Controlar y firmar los balances anuales que merezcan su aprobación, informando al respecto al Consejo Nacional;

e) Comunicar la Comisión Ejecutiva Nacional y al Consejo Nacional, por escrito, las deficiencias que observe en el cumplimiento de las obligaciones de la primera;

f) Informar por nota, remitida por correo certificado con aviso de entrega, a las organizaciones adheridas y a las Comisiones Ejecutivas Provinciales, Regionales, Locales y/o de Rama, sobre la reiteración de deficiencias observadas que, previamente, haya comunicado a la Comisión Ejecutiva Nacional;

g) asistir al Congreso Nacional Ordinario, inexcusablemente, para brindar su informe y evacuar las consultas de los delegados presentes.

Los miembros de la Comisión Revisora de Cuentas solo podrán ser separados de sus cargos cuando lo resuelva un Congreso Nacional Extraordinario, convocado a ese efecto, por el voto de los dos tercios (2/3) de Delegados Congresales presentes y por las causales establecidas en el artículo 9 del presente estatuto.

CAPITULO VI

Del régimen electoral

Artículo 39: Los miembros de la Comisión Ejecutiva Nacional y de la Comisión de Fiscalización y Revisión de Cuentas serán elegidos de acuerdo con el régimen que se reglamente en el presente capítulo.

Las Comisiones Ejecutivas Provinciales o Regionales, Locales y de Rama, como asimismo los organismos que en cada caso desempeñen las funciones de fiscalización, serán elegidos según las disposiciones del presente capítulo.

Artículo 40: La elección de los miembros de la Comisión Ejecutiva Nacional y de la Comisión de Fiscalización y Revisión de Cuentas se efectuará por el voto individual directo y secreto de los afiliados a la Federación, en todo el territorio de la República.

Artículo 41: La convocatoria al comicio será efectuada por la Comisión Ejecutiva Nacional, que deberá notificarla a las Comisiones Ejecutivas Provinciales, Regionales, Locales y de Rama, a las Seccionales y Delegaciones, y a las asociaciones sindicales adheridas a la Federación, además de efectuar la publicación, al menos, en un periódico de circulación nacional. Dicha convocatoria deberá contener la fecha y los lugares y horarios de votación. Todo ello sin perjuicio de las publicaciones que cada una de las Comisiones Ejecutivas Provinciales, Regionales, Locales y de Rama deberán efectuar en su ámbito de actuación.

La fecha del acto electoral deberá establecerse al menos noventa (90) días hábiles antes de la caducidad del mandato de la Comisión Ejecutiva Nacional.

La convocatoria deberá publicarse con una anticipación mínima de cuarenta y cinco (45) días hábiles a la celebración del comicio.

Artículo 42: De la Junta Electoral.

La Junta Electoral Nacional, estará compuesta de siete (7) miembros titulares e igual número de suplentes, ninguno de los cuales podrá ser apoderado o fiscal de lista ni postularse como candidato, aunque deberán reunir las mismas condiciones que para ocupar cargos. Los miembros de la Junta Electoral Nacional durarán tres (3) años en sus funciones.

La Junta Electoral Nacional será la única autoridad en las elecciones de Comisión Ejecutiva Nacional, Comisión de Fiscalización y Revisión de Cuentas, Comisiones Ejecutivas Provinciales, Regionales, Locales o de Rama. La misma podrá designar Delegados Electorales en las Regiones, Provincias, Localidades y Ramas.

El ámbito de representación de las entidades sindicales se delimitará a través de la confección de padrones provinciales, regionales, locales y de ramas.

Artículo 43: La Junta Electoral Nacional entrará en funciones inmediatamente después de su designación, y sus miembros pasarán a receso una vez constituidos los cuerpos cuya elección hubieren controlado. En el supuesto de elecciones complementarias, con formación de nuevas Provincias, Regiones, Localidades o Ramas, entrará nuevamente en funciones para tal efecto. Fijará su domicilio legal en la sede central de la Federación.

Artículo 44: Son facultades y deberes de la Junta Electoral Nacional:

a) Designar Delegados Electorales en las Provincias, regiones, Localidades y Ramas, para fiscalizar los actos electorales cuyas funciones se delimitarán en el reglamento electoral que oportunamente dicte la misma Junta Electoral;

b) Se deberá confeccionar un padrón por orden alfabético y otros por establecimiento, provincia, región, localidad y/o rama;

c) Oficializar las listas y padrones electorales, publicar los mismos y fijar los períodos de verificación y tacha;

d) Efectuar el escrutinio definitivo de la elección que hubiere fiscalizado y dictaminar sobre las impugnaciones que se sometan a su consideración;

e) Dar validez o disponer la nulidad del acto eleccionario, bajo resolución fundada en el acta respectiva;

f) Proclamar y poner en funciones en las fechas indicadas a los candidatos electos;

g) Dictar el reglamento electoral, ejercer y adoptar las medidas necesarias que, sin violar el espíritu del presente estatuto, permitan una mejor tarea y un mayor control del acto eleccionario;

h) De no obtenerse uniformidad de criterios, cualquier miembro de la Junta Electoral podrá emitir despacho por separado con relación al acto fiscalizado.

Artículo 45: La Comisión Ejecutiva nacional, y las Comisiones Ejecutivas Provinciales, Regionales, Locales y de Rama, deberán entregar a la Junta Electoral Nacional los juegos de padrones que ésta estime necesarios, confeccionados de acuerdo con las normas legales, por orden alfabético de apellidos y por organizaciones, establecimientos, localidades y/o ramas, con indicación del número de afiliados y los documentos de identidad de cada uno.

Los padrones deberán ser entregados a la Junta Electoral con una anticipación de sesenta (60) al acto eleccionario.

Previa aprobación de los mismos por la Junta, serán exhibidos conjuntamente con las listas oficializadas treinta (30) días antes de la elección en las sedes de la Federación y de las organizaciones adheridas de todo el país, a fin de que se pueda solicitar se subsanen errores, exclusiones o inclusiones injustificadas. Toda reclamación deberá ser formalizada por escrito ante la Junta Electoral, hasta la finalización del término de exhibición de listas y padrones, después del cual no podrán hacerse reclamaciones, siendo facultativo de la misma declarar la procedencia o improcedencia al respecto.

Artículo 46: La elección de la Comisión Ejecutiva Nacional y de la Comisión Fiscalizadora y Revisora de Cuentas se realizará por lista completa y en forma simultánea, asumiendo la cuenta con el voto de la mayoría de los afiliados.

Podrá participar de la elección, elegir y ser elegido todo afiliado que se encuentre en posesión de los requisitos estatutarios, no pudiendo ser candidato de más de una sola lista.

Artículo 47: Las listas de candidatos podrán ser presentadas dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la publicación de la convocatoria al acto eleccionario, ante la Junta Electoral Nacional.

Las listas se distinguirán por color, y se presentarán para su oficialización por duplicado, indicando en forma precisa los cargos a cubrir, consignando el número de afiliados de cada candidato, su apellido y nombres completos, y la organización y/o grupo a la que pertenecen. Las listas deberán acompañarse con la aceptación escrita de la candidatura, la que podrá formularse en forma conjunta, parcial o individual, con la indicación expresa de la lista que lo auspicia.

Artículo 48: No se requerirá auspicio ni aval de ninguna clase para la presentación de las listas de candidatos.

Artículo 49: La Junta Electoral Nacional se pronunciará en el plazo de 48 horas de recibidas las listas, debiendo ser notificados los apoderados de cada lista de la oficialización o rechazo de las mismas. Las listas que sean rechazadas tendrán 48 horas desde la notificación del rechazo para subsanar por única vez las causas del mismo.

Artículo 50: Las mesas receptoras de votos se establecerán en las organizaciones adheridas a la Federación y en las sedes territoriales de la misma, en todo el país, atendiendo a facilitar en todo lo posible la efectivización del derecho eleccionario por parte de todos los afiliados.

Artículo 51: No se computará ningún voto en cuyo sobre se hubiere colocado más de una boleta de distintos candidatos.

Tampoco se computarán los votos que figuren con leyendas o alusiones de cualquier naturaleza o los que contengan listas no oficializadas. Si se colocaran en el mismo sobre, más de una boleta de una misma lista oficializada o del mismo color, se computarán como un (1) solo voto.

Las listas que, al ser escrutadas, contengan tachaduras de uno o varios candidatos, serán tenidas íntegramente como válidas.

Artículo 52: La Junta Electoral adoptará en todos los casos las medidas necesarias para garantizar el secreto del voto, su libre emisión y su inviolabilidad. Queda prohibida toda forma de propaganda proselitista dentro de la sede social y/o recinto donde se emita el voto.

Artículo 53: La Junta Electoral Nacional labrará el acta con los resultados finales de la elección y simultáneamente proclamará a los candidatos electos.

Resultará triunfante la lista que obtuviere mayor cantidad de sufragios. Los electos serán puestos en posesión en posesión de sus cargos por la Junta Electoral Nacional, luego de probado el acto eleccionario y en las fechas ya establecidas.

En cada mesa se labrará un Acta de Apertura donde deberán consignarse los datos de las autoridades y fiscales presentes, horario de constitución de la mesa. Se deberá adjuntar al padrón de la mesa respectiva transcribiendo al Acta el número de empadronados con derecho a voto.

Una vez concluido el comicio, se realizará un escrutinio provisorio en la propia mesa de votación, dejándose asentado el resultado del mismo en Acta suscripta por las Autoridades de Mesa y los Fiscales de las listas intervinientes.

El Acta de Cierre deberá contener especialmente la cantidad de votos emitidos, votos en blanco, votos observados, votos anulados y el escrutinio provisorio.

El Acta así suscripta, junto al total de los votos emitidos, se introducirá nuevamente en la urna, la que será debidamente cerrada y sellada, con la firma de las mismas Autoridades y Fiscales para su remisión al escrutinio definitivo.

CAPITULO VII

Del patrimonio y los fondos sociales

Artículo 54: El patrimonio de la Federación está constituido:

a) Por la cuotas y contribuciones de los afiliados;

b) Por los bienes muebles e inmuebles;

c) Por los intereses que devengue el capital;

d) Por las donaciones, legados, rifas, bonos contribución y cualquier otro recurso ocasional obtenido por actos lícitos;

e) Por cualquier otro aporte o contribución que se decida asignar, con carácter ordinario o extraordinario, con motivo de actividades sindicales y/o asistenciales específicas.

Artículo 55: Para el cumplimiento de sus propósitos la Comisión Ejecutiva Nacional, las Comisiones Ejecutivas Provinciales, Regionales, Locales y/o Ramas, podrán adquirir toda clase de bienes muebles e inmuebles y de servicios mediante la simple aprobación de las tres cuartas partes de sus integrantes en cada caso. Dichas adquisiciones podrán efectuarse con la institución banca comercial o inmobiliaria que estimen conveniente.

Artículo 56: La cuota sindical de los afiliados deberá ser depositada en una sola cuenta recaudadora nacional, que funcionará en la institución bancaria que determine la Comisión Ejecutiva Nacional.

Artículo 57: El capital social será depositado a nombre de la Federación en la forma más provechosa, en las instituciones bancarias que designe la Comisión Ejecutiva Nacional, y a la orden del Secretario General, Secretario Adjunto, Secretario de Tesorería y Finanzas y Secretario Administrativo.

Artículo 58: Las cuentas bancarias y/o financieras de la Federación deberán ser operadas con dos firmas, debiendo ser una de ellas indefectiblemente, la del Secretario General o la del Secretario Adjunto en ejercicio del cargo titular.

Artículo 59: El ejercicio financiero de la Federación se cierra el último día del año calendario y estará regido por un presupuesto previo que elaborarán los Secretarios de Tesorería o Finanzas de los diferentes niveles.

Artículo 60: En caso de disolución de la Federación, una vez canceladas las deudas que pudieran existir, el patrimonio remanente será donado al Hospital de Niños Juan P. Garrahan.

CAPITULO VIII

De la reforma del Estatuto.

Artículo 61: El presente estatuto podrá ser reformado en todo o en cualquiera de sus partes. La propuesta de reforma será planteada por la Comisión Ejecutiva Nacional cuando lo estime necesario, o cuando lo solicite el Consejo Nacional y/o el veinte por ciento (20%) de los afiliados, como mínimo, en cuyo caso deberán especificar detalladamente los artículos que se pretendan modificar.

Artículo 62: Planteada la necesidad de la reforma, la Comisión Ejecutiva Nacional y el Consejo Nacional determinarán su inclusión en el Orden del Día del Congreso Nacional Extraordinario que deberá convocarse a ese fin. La reforma quedará aprobada si contare con el voto favorable de dos tercios (2/3), como mínimo, de los Delegados presentes.

CAPITULO IX

De la disolución de la Federación.

Artículo 63: La Federación subsistirá mientras existan dos (2) organizaciones adheridas dispuestas a continuarla en forma regular.

Artículo 64: Si quedare solamente una (1) organización adherida, el patrimonio de la Federación pasará a su custodia, debiendo aquella disponer de esos fondos a efectos de reorganizarlo en el menor tiempo posible. De no ser ello posible, deberá procederse según lo establecido en el artículo sesenta (60) del presente estatuto.-

Autoridades de la FETIA

 COMISIÓN EJECUTIVA NACIONAL

Sec. GeneralPedro Andrés Wasiejko SUTNA

Sec. 1er Adjunto Rafael Alfredo Mella APA

Sec. 2º Adjunto José Clemente Correa APAY

Sec. 3er  Adjunto Luis Antonio Rondán Metalúrgico Villa Constitución

Sec. Administrativo Tomás Alberto Ruiz Díaz SIATRASAG

Sec. Gremial Gustavo Alberto Fojo SEPJANA

Sec. Organización Gustavo Marcelo Córdoba CyS-FeTIA-CTA

Sec. Comunic y Difusión Norma R. Díaz CEFS-FeTIA-CTA

Sec. Relaciones Institucionales Marcelo Andrés Estévez FeTIA – Energía

Sec. Relaciones Internacionales Eduardo Adrián Menajosky FeTIA

Sec. FinanzasOscar Alejandro Coronel SUTNA

Sec. Asistencia Social Darío Omar Gómez Cooperar

Sec. Condic y Medio Amb. Ángel Ricardo José Alzugaray Trabajador de la Industria del Cuero

Sec. Derechos Humanos Alcira Chávez FeTIA

Sec. InteriorLorenzo Alberto Barrientos SOEP

Sec. Actas Silvia Noemí Gallardo SITRAPE

Sec. Capac. Y Est. Profesionales Nélida Balbuena ATE – Energía

Sec. JuventudLeandro Martín Mena APA

Sec. GeneroMelina Soledad Mella APA

Sec. CulturaRosa del Valle Rubén SEAT


 

COMISION EJECUTIVA NACIONAL 

VocalTitularMarcelo Iván Mena MuñozASIJEMIN

VocalTitularFederico Javier Prado SICA

VocalTitularRoberto Felipe Villaola SITRAPE

VocalTitularMariela Inés GhioniATE Energía

VocalTitularSergio Darío Parla SEAT

VocalTitularSergio Raúl LionettoATGAS

VocalTitularMariela Adriana Quipildor CyS -FeTIA-CTA

VocalTitularMauricio Damián Brizuela SOEPU

VocalTitularGladys Noemí Sosa Madres Unidas de Pacará

VocalTitularDanilo Manuel MesaSEPJANA

VocalSuplente Lucas Sebastian López APA

VocalSuplente Faustino Páez Garayo SOEP

VocalSuplente Luis Alberto Videla Duarte CEAMSE

VocalSuplente Paula Pires Dos Barros SICA

VocalSuplente Lucrecia Castro Feijoo APA

VocalSuplente Alfredo Leonardo Seydell Luz y Fuerza 

VocalSuplente Carlos Ezequiel Lavier SUTNA

VocalSuplente Beatriz Viviana Mindolacio Coop. Ladrilleros

VocalSuplente Sergio Walter Salinas Porto Internauta

VocalSuplente Pablo Isidoro Mamani Segura FeTIA Tucumán


REVISORES DE CUENTAS

Rev.  De  Cuentas TitularOlga Emilce Aguilera CyS -FeTIA-CTA

Rev.  De Cuentas TitularGuillermo Ale Mesina Papeleros San Juan 

Rev.  De  Cuentas TitularJorge Eduardo Córdoba CyS -FeTIA-CTA

Rev.  De Cuentas SuplenteSilvio Orlando Tricerri CyS -FeTIA-CTA

Rev.  De Cuentas SuplenteAndrea Teresa Liliana Fernandez SEAT

Rev.  De Cuentas SuplenteJuana María Alicia Valor UTPYA

 


COMISION EJECUTIVA REGIONAL CORDOBA

Sec General Ortega, Luis Norberto APA

Sec Adjunto Silva, Ruben Federico  SUTNA

Sec Gremi al Lionetto, Sergio Raúl  AT Gas

Sec Finanzas Avila Payges, Juan Cruz  APA

Sec Genero Maldonado, Roxana I  LUZ Y FUERZA

Sec Actas Diaz, Mario Alberto  COOPI

Vocal Titular Bardach, Roberto  SUP

Vocal Titular Seydell, Alfredo L  LUZ Y FUERZA

Vocal Suplente Peludero, Viviana  COOPERAT. De TRABAJO LOS RESISTENTES

Vocal Suplente Molina, Carmen  APA


 

COMISION EJECUTIVA REGIONAL CUYO

 Sec General Moreno, Juan Carlos  ASIJEMIN

 Sec Adjunto Córdoba, Jorge E  COMERCIO

 Sec Gremial Escobar, Mauricio  ASIJEMIN

 Sec Finanzas Ortiz, Andres  COMERCIO

 Sec Genero Massi, Erica  COMERCIO

 Sec Actas Ale, Guillermo  PAPELEROS

 Vocal Titular Chousal, Mariano  PAPELEROS

 Vocal Titular Neyen, Mariano  COMERCIO

 Vocal Suplente Lahoz, Mario  ASIJEMIN

 Vocal Suplente Bazzani, Marcelo  ASIJEMIN


 

COMISION EJECUTIVA REGIONAL LITORAL

Sec General Tomas Alberto Ruiz Diaz  Si.Atra.Sa.G

Sec Adjunto Luis Antonio Rondan  Metalúrgico Villa Constitución

Sec Gremial Pedro Omar Mannarino  APAY

Sec Finanzas Dario Gomez  Cooperar

Sec Genero Maria Eva Gonzalez  COMERCIO

Sec Actas Mario Muller  SOEP

Vocal Titular Ricardo Alzugaray  Trabajador de la Industria del Cuero

Vocal Titular Fabian Vallejos SUTNA

Vocal Suplente Cesar Luis Modena  COMERCIO

Vocal Suplente Beatriz Viviana Mindolacio Coop. Ladrilleros


 

COMISION EJECUTIVA REGIONAL MAR DEL PLATA

 Sec General Villaola, Roberto  SITRAPE

 Sec Adjunto Cuenca Quintas, Daniel  LUZ Y FUERZA

 Sec Gremial Rodriguez, Miguel Alberto  SIMPETAX

 Sec Finanzas Salinas Porto, Sergio Walter  INTERNAUTA

 Sec Genero Valor, Juana Maria Alicia  UTPYA

 Sec Actas Maciel, Alferdo Eduardo  SITRAPE

 Vocal Titular Nievas, Eduardo Hugo  CEPETEL

 Vocal Titular Polverini, Osvaldo Fabian  LUZ Y FUERZA

 Vocal Suplente Ingala, Margarita Adelina  INTERNAUTA

 Vocal Suplente Grasso, Maria Andrea  INTERNAUTA

Convocatoria Encuentro Responsables de Formación

Para el 15 de marzo próximo estamos convocando a las y los responsables de la formación de los sindicatos, agrupaciones y/o regiones de la FeTIA a un encuentro con el fin de poner al día las orientaciones y planes de trabajo del año en curso.

Partiremos de revisar y evaluar las conclusiones del encuentro de mayo último y el plan de actividades que se llevó a cabo parcialmente.

En esta reunión proponemos avanzar en definir el papel de la formación en la construcción de una federación como la FeTIA, en el dinámico y contradictorio momento que vivimos en nuestro país y en un contexto mundial crítico y amenazante, que nos demandan reflexionar y debatir a fondo el rol del sindicalismo y el papel de la formación.

Les pedimos que agenden entonces el 15 de marzo de 9 a 17 hs. En breve les haremos llegar el programa y material de base para la discusión así como otros detalles de la organización.

8/3 – Día Internacional de la Mujer – Convocatoria y Declaración

8/3 – 16 hs – ACTO Y MOVILIZACIÓN EN LA PLAZA DE LOS DOS CONGRESOS

Una vez más nos encontraremos movilizadas para conmemorar el Día Internacional de la Mujer, en su origen nombrado como el Día Internacional de la Mujer Trabajadora. Esta fecha es una nueva oportunidad para repasar el largo camino recorrido en pos de una sociedad más igualitaria y sin discriminación hacia las mujeres, pero también para revisar la agenda de los temas pendientes.

En el contexto de una crisis internacional que se agiganta, América Latina está afrontando el enorme desafío de construir y profundizar un proceso de integración regional cada vez más cercano a su propia realidad y más alejado de los resabios neoliberales. No hay recetas ni manuales prefabricados que contengan las respuestas precisas. Hay en cambio experiencias propias de cada país, que ancladas en su historia política, social y cultural van marcando rumbos que vienen a saldar viejas deudas con las mayorías populares. En todos los países de la región, el protagonismo político y social de las mujeres ha sido parte de las claves de este cambio de época.

Toda enumeración de logros puede parecer o muy exhaustiva o escasa, pero valga de ejemplo poner el centro en algunas medidas que en general fueron impulsadas desde el movimiento social y concretadas desde la decisión de un gobierno nacional en sintonía con estas demandas. Algunas han tenido fuerte impacto en lo laboral y la seguridad social, como la moratoria previsional –con un 75% de beneficiarias mujeres que accedieron a la jubilación- y la Asignación Universal por Hija/o. Otras vinieron a producir cambios más fuertes en el terreno cultural y simbólico, como la Ley Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres y la Ley de Matrimonio Igualitario. Sólo algunos ejemplos de un contexto que permite soñar despiertas con la ampliación de los derechos.

Algunas reivindicaciones es indispensable recordar y enumerar en el marco de esta convocatoria: el debate en el Congreso y sanción de una Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, propuesta por una amplísima coalición social como es la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito; la sanción de la Ley para Trabajadoras de Casas Particulares, que quedó pendiente de manera inexplicable en el Senado Nacional; la derogación de la figura del avenimiento del Código Penal, rémora patriarcal que permite saldar la aberración de una violación con promesa de casamiento; la implementación de un Plan Nacional Integral para Prevenir y Atender la Violencia Contra las Mujeres que demora más de lo que puede esperar una problemática urgente; implementación de políticas activas de empleo para achicar las brechas del mundo laboral remunerado para las mujeres, que contemplen la promoción de responsabilidades familiares compartidas, políticas de cuidado infantil y personas dependientes, orientadas a lograr impacto también para las trabajadoras del mercado informal.

Desde esta perspectiva, la de correr el horizonte de lo posible y acercar las utopías imprescindibles, nos encontraremos en la calle frente al Congreso Nacional en esta conmemoración. Desde la memoria de luchas pasadas y presentes, reunidas con la alegría del encuentro en la diversidad, de la movilización como motor de los cambios, de la participación y el protagonismo como las claves para avanzar en la tarea pendiente.

Este 8 de marzo desde la Secretaría de Igualdad de Género de la CTA convocamos a participar del acto y movilización que se realizará a partir de las 16 horas en la Plaza de los dos Congresos, junto a un amplio espacio de organizaciones sociales y políticas convocantes.

Lograron la renuncia del represor Magallanes

Presión de dirigentes sociales, sindicales y políticos

Tras una lucha de varios meses, finalmente la movilización popular en Lomas de Zamora logró la renuncia del represor Raúl Magallanes, ex oficial de calle de la policía bonaerense en el distrito durante la última dictadura militar, al cargo de Presidente y Consejero del Consejo Escolar del municipio.

Tras ser acusado de participar en violaciones a los derechos humanos, los trabajadores de la educación y la comunidad educativa junto a un amplio abanico de organizaciones, legisladores y dirigentes de organizaciones sociales, políticas y sindicales se opusieron a que Magallanes asumiera el cargo e iniciaron luego una campaña para que fuera destituido del mismo. Recién ayer lograron su renuncia.

“Este importantísimo hecho político fue resultado de una muy ardua pelea llevada a cabo tenazmente desde hace más de medio año en la que se fueron horadando las complicidades silenciosas que permitieron esta vergonzosa situación” indicaron quienes impulsaron la campaña para destituir a Magallanes.

El ex represor finalmente presentó su renuncia ante la convocatoria a una Sesión Especial del Consejo Escolar en la que se debía adoptar una decisión respecto a su suspensión preventiva, consecuencia de la gravedad de los hechos denunciados en su contra.

El testimonio de los familiares de desaparecidos en Lomas durante la dictadura ante la Secretaría de Derechos Humanos de Nación motivó la denuncia de la Secretaría ante el Juzgado Federal Nª3 de La Plata, a cargo del Dr. Corazza.

Adolfo Pérez Esquivel, Nora Cortiñas, Sara Peretti e integrantes de la Liga Argentina por Los Derechos del Hombre entre otros representantes de organismos de derechos humanos; Pedro Wasiejko, secretario adjunto de la CTA y Ruben Ciuro, de SUTEBA Lomas de Zamora entre otros muchos dirigentes gremiales; Luis D´Elía y Eduardo Sigal, entre otros referentes políticos y legisladores nacionales y provinciales y referentes de cientos de organizaciones sociales se movilizaron a lo largo de la campaña para echar, investigar y juzgar a Magallanes.

Más organización, más líneas de trabajo, más participación de las mujeres

ENCUENTRO NACIONAL DE LA SECRETARÍA DE IGUALDAD DE GÉNERO DE LA CTA
Con la presencia de Estela Díaz, coordinadora de la actividad; Stella Maldonado, Secretaria General de CTERA y Pedro Wasiejko, Secretario Adjunto de la CTA y Secretario General de la Federación de Trabajadores de la Industria y Afines (FeTIA) concluyó el pasado sábado la Reunión Nacional de la Secretaría de Igualdad de Género.

Con la participación de compañeras de las distintas provincias y de diferentes organizaciones, en la apertura del encuentro estuvo el Secretario General de la CTA, Hugo Yasky. Las políticas públicas y la perspectiva de género, el debate sobre los lineamientos de las secretarías de género en el país, la definición de acciones y prioridades temáticas y el tema de género en la negociación colectiva fueron algunos de los ejes que se abordaron durante el encuentro que se inició el 16 de febrero con un taller de formación y continuó hasta el día 18 con paneles de especialistas y debates en comisiones de trabajo.

Al cierre de la última jornada, Stella Maldonado destacó la importancia de la incorporación de la cuestión de género en la negociación colectiva y señaló que se debe decidir desde el campo de los trabajadores cuál es el camino de la sintonía fina.

“Esta es una etapa donde tenemos que pensar mucho, discutir mucho, elaborar mucho, proponer mucho y lograr que nuestras propuestas incidan en las políticas públicas para poder, desde el campo de los trabajadores, decidir con nuestro accionar cuál es la direccionalidad de la sintonía fina y, además, cuál es el papel de las organizaciones de los trabajadores en esta etapa de definición de políticas. Los trabajadores y trabajadoras no podemos estar relegados exclusivamente a una vez por año discutir salarios. Necesitamos tener organizaciones que vayan definiendo líneas en relación a modelos productivos, sustentabilidad ambiental, la salud de los trabajadores y de nuestro pueblo. Y en ese sentido tenemos todo el tema de riesgos de trabajo y de condiciones y medio ambiente de trabajo para definir. Y en nuestro caso también introduciendo el enfoque de género en todas estas cuestiones. El tema recursos naturales, soberanía alimentaria, tierras, soberanía energética y muchísimos más porque son listados muy grandes, estoy nombrando aquellos que me parecen que son los más urgentes y estratégicos”, indicó la titular de CTERA. Y señaló que, en ese sentido, “es vital que nosotras como mujeres nos organicemos territorialmente con mucha fortaleza participando de las tripartitas y logrando que se constituyan. Tenemos mucho para decir y mucho para hacer”, aseguró.

A su turno, Pedro Wasiejko planteó que en la actualidad “está el debate respecto a cómo lograr la democratización de la sociedad y de los lugares de trabajo: si legislamos sobre la materia e intentamos imponer una conducta que en la mayoría de los casos -por más buena voluntad que tengan los legisladores u organizaciones- choca contra la realidad que es la que termina determinando las condiciones, como sucede en el mundo del trabajo, o si proponemos otro camino”. Y a continuación relató la experiencia del Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (SUTNA) que conduce y que en su última negociación del Convenio Colectivo de Trabajo estableció una cláusula de equidad de género a través de la cual las empresas del sector se comprometen a incorporar mujeres al sector de producción.

La discusión con las empresas y con los propios trabajadores, los mitos y realidades respecto al tema entre unos y otros fueron algunos de los ejes que abordó a lo largo de la exposición. La importancia de la decisión política de la conducción del gremio de abordar este tema en la negociación colectiva y los desafíos que se presentan a futuro fueron también otros de los temas que planteó en el encuentro en el que destacó la importancia de incorporar cláusulas de este tipo en las que se promueve la democratización de los ámbitos de trabajo y en los que, señaló, hay que adoptar medidas concretas para controlar también que la igualdad entre hombres y mujeres sea un hecho de la realidad y no solamente un canto a la bandera.

En este sentido, Estela Díaz señaló que la experiencia del SUTNA, en la que el aporte del Centro Mujeres y Trabajo (CEMyT) que coordina fue fundamental, “debe ser modelo. No debe quedar ahí para ponerla en un cuadrito sino que constituye una parte de las acciones afirmativas para revertir la discriminación con la que las mujeres ingresamos al mercado laboral. Esta es una y tienen que haber muchas más. Son clave las políticas de cuidado tanto de niñez como de adultos mayores porque esto es un núcleo muy duro de resistencias y de discriminación y dificultades que tenemos las mujeres. Nos alienta mucho que el SUTNA haya llevado adelante esta experiencia, que es una experiencia en la CTA. Esperamos que esto sirva para que haya tanto desde otros sindicatos, desde toda la central y también desde las políticas públicas políticas activas para erradicar la discriminación en el mundo laboral.

En relación al balance general de las jornadas organizadas por la Secretaría de Igualdad de Género, Díaz destacó que “fue un encuentro muy positivo tanto por la presencia de compañeras de muchas provincias como por la dinámica que fue muy participativa y en la que elaboramos un plan de trabajo a nivel nacional. La idea es convertir a la Secretaría en un espacio para dar información, para estar comunicadas con las compañeras, pero que sea una construcción que se de en todo el territorio y esto es lo que se fortaleció mucho en este encuentro. Por otra parte los temas de trabajo vinculados con la violencia y de derechos sexuales y reproductivos se fueron nutriendo a lo largo de todo el encuentro con especialistas que vinieron a dar presentaciones y con el debate que dimos en comisiones con las compañeras. Más organización, más líneas de trabajo, más participación. Estas son algunas de las cosas que nos llevamos para trabajar a lo largo del 2012”, indicó.

Wasiejko: “Desde la CTA asumimos el compromiso de mejorar las condiciones de trabajo de nuestros compañeros”

TALLER NACIONAL SOBRE INTEGRACIÓN, DESARROLLO SUSTENTABLE Y SALUD LABORAL

En la apertura del Taller Nacional “Integración, desarrollo sustentable y salud laboral: avanzando hacia la estrategia sindical”, el Secretario Adjunto de la CTA y titular de la Federación de Trabajadores de la Industria y Afines (FETIA), Pedro Wasiejko, destacó la importancia del encuentro para desarrollar e impulsar tácticas conjuntas que permitan avanzar en esta temática a nivel regional.

En este sentido señaló el valor de compartir las experiencias de cada uno de los sectores de los diferentes países en relación a los avances que impulsó cada uno y que se pueden tomar como ejemplo. A su vez planteó el compromiso de la CTA de presentar ante la Cámara de Diputados de la Nación iniciativas que permitan introducir modificaciones en la legislación vigente que tiene más de 40 años y requiere, según expresó, “una reforma urgente que atienda los cambios introducidos en los sistemas de producción y la aparición de nuevas enfermedades laborales”. También destacó la incorporación en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) del Sindicato de Trabajadores del Neumático que conduce de una cláusula que establece la obligatoriedad de realizar una reunión mensual entre los representantes del sindicato y de la empresa con conocimiento en la materia para analizar las cuestiones vinculadas con el mejoramiento de la higiene y seguridad del establecimiento, las condiciones del ambiente laboral, el análisis de las enfermedades profesionales y/o de los accidentes de trabajo.

Wasiejko indicó como acertada la decisión de la Confederación Sindical de Trabajadores de las Américas (CSA) de realizar el encuentro en nuestro país por la trascendencia de “la participación del movimiento obrero a la hora de generar cambios que impliquen mejoras concretas para el conjunto de los trabajadores y la relevancia institucional que tienen como actores tanto la CGT como la CTA”. En este sentido, Wasiejko señaló que desde la central que conduce junto a Hugo Yasky asumieron el compromiso de continuar impulsando los debates en relación a las modificaciones que se deben introducir en la legislación vigente sobre Seguridad e Higiene, aprobada en 1972, y una nueva normativa que reemplace la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo.

Por otra parte, el titular de la FETIA señaló la necesidad de incorporar en el proceso de integración regional las herramientas necesarias para garantizar la participación activa y eficiente de las organizaciones sociales entre ellas, y principalmente, la asignación de una partida presupuestaria destinada a dicho fin.

Por último, y en relación también a uno de los objetivos del encuentro, Wasiejko expuso los avances que impulsaron desde el SUTNA en lo referente a la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene como modelo a tomar en cuenta. En este sentido indicó que “si bien en el 2006 se estableció dentro del convenio la conformación de una Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, en la práctica quedó más como una frase rimbombante que otra cosa. En esta ocasión definimos concretamente cómo tiene que funcionar y cuáles son los atributos que tiene. Por un lado, debe reunirse mensualmente. Pero además tiene derecho a ver las estadísticas que tienen las empresas con el listado de enfermedades y accidentes. La incorporación de estas cuestiones hace que los trabajadores del neumático cuenten con uno de los convenios colectivos más avanzados que hay en el país en la materia. Si utilizamos adecuadamente esta herramienta vamos a poder mejorar las condiciones de salud y de trabajo de nuestros compañeros”, aseguró. Y agregó que en los últimos meses se comenzaron a producir avances en esta dirección tanto en otros convenios colectivos como en los debates en relación a la modificación de algunas normativas provinciales referidas a dicha materia.

De la actividad, que continuará este viernes en el espacio INCASUR, ubicado en Alberti 36 en la Ciudad de Buenos Aires participaron junto a los dirigentes de la CSA representantes de la CTA y de la CGT con el fin de contribuir al proceso de definiciones de la estrategia sobre los temas de Salud Laboral, Integración Regional y Desarrollo sustentable desde el movimiento sindical. El balance de la coyutura nacional de Argentina desde la perspectiva de la integracion regional del Cono Sur y los compromisos existentes en materia de Desarrollo Sustentable, Medio Ambiente y Salud Laboral; la posición construida por el movimento sindical internacional frente a los temas del Desarrollo Sustentable y avanzar en la estrategia hacia la Conferencia Rio + 20; la estrategia sindical regional en Salud Laboral y la relación con las propuestas de Desarrollo Sustentable y la identificación de las respuestas sindicales en la región frente a los temas abordados por el taller y la que se pueden definir para Argentina fueron algunos de los temas que se plantearon en el encuentro.

Jumbo – Cencosud: Inversión y despidos masivos. Las dos caras del minorista chileno

Comercio-CTA.-La multinacional Cencosud anunció inversiones millonarias en Argentina con apertura de 27 nuevas bocas en el país, sin embargo puertas adentros está llevando a cabo una agresiva reducción de personal y aumento de las condiciones de precarización y explotación según denuncian trabajadores y delegados gremiales de una decena de sucursales ubicadas en Capital Federal y Provincia de Buenos Aires.

“Las sesiones de apriete para que el personal “arregle” y se vaya se repite a diario en Jumbo, al que no arregla lo echan y se rumorea que en marzo va a seguir” comenta Lucas Ferreira, trabajador de la sucursal Tronador donde ya despidieron 9 trabajadores en las últimas dos semanas, en Jumbo Pilar fueron 8, algunos con 20 años de antigüedad. Jumbo Palermo y Escalada siguen en la lista que alcanza a otras sucursales incluyendo trabajadores de cargo medio.

Lidia Brito, delegada de la sucursal Jumbo Palermo –enfrentada con la conducción del sindicato- recibe a diario denuncias de despidos y maltrato, la última tiene que ver con dos trabajadoras de la sucursal Jumbo Escalada, despedidas sin mayores motivos que haber elevado una nota por mejores condiciones de trabajo.

En la sucursal Puerto Madero los abusos llegan al punto en que la delegada puesta a dedo desde el gremio, tomo del cuello a otra trabajadora porque “andaba reclamando boludeces”.

La empresa lo sabe, lo ve, lo incita, lo encubre, lo financia.

EL CASO JUMBO ESCALADA

Mariana Bartozzetti y Gisela Aquino trabajaban en la sucursal que la empresa posee en Cruz y Escalada de la Capital Federal. Fueron despedidas sin causa hace unas semanas.

No tenían los elementos de trabajo ni el uniforme con los talles apropiados. Cuando Gisela le planteó el tema a la delegada ella le respondió “que bajara de peso así le iba a entrar el uniforme”.

Frente a la inercia de los delegados Gisela y Mariana resolvieron redactar un petitorio y elevarlo a la gerencia con la firma de medio centenar de trabajadores, pero los responsables del sector se comprometieron a resolver los problemas que planteaba el escrito y así lo hicieron, sin embargo este logro colectivo irritó al cuerpo de delegados que a partir de esa nota comenzó una campaña difamatoria contra las trabajadoras que culminó con el despido de ambas.

“Jamás tuvimos un conflicto con nadie. Incluso hacía las obras de teatro para el día del niño para los hijos de mis compañeros de trabajo, todo esto auspiciado por Jumbo” cuenta Mariana Bartozzetti y se sincera: “Siempre tuve una buena relación con mis compañeros de trabajo y jefas, pero un día cansadas de no tener los elementos de trabajo necesarios para trabajar, junto a mi compañera Gisela Aquino, decidimos hacer una carta pidiendo una entrevista con el gerente Gustavo Arce, solicitando sillas, posnet, cambio de cinta transportadora, scanners, todas estas falencias estaban en conocimiento de control cajas y de los delegados pero no hacían nada…”

Mariana llevaba 7 años en esa empresa como trabajadora del sector Cajas, además hace teatro para niños y es madre de cuatro hijos.

«Decían que éramos de una lista opositora, que los queríamos sacar, que no éramos nadie, que el gerente nos quería echar y ellos frenaron telegramas de despidos, por lo que decidimos enfrentar al gerente quien nos negó rotundamente que manejaran tal posibilidad».Relatan las trabajadoras.

Casualidad o no, en medio de esta situación de acoso constante, la salud de Gisela Aquino acusó un profundo stress mental por lo que el pasado 16 de enero le dieron licencia psiquiátrica durante un mes, el 18 de enero luego de volver de su franco doble se comunicó con la empresa para informarle su situación a sus superiores inmediatos que la derivaron con el médico laboral de la firma.

“El médico laboral de la firma me preguntó telefónicamente lo que decía el certificado y los días de licencia que me otorgaban, este me dice que le acerque el certificado antes de las 12 del mediodía, pero a la media hora me llamaron de Jumbo para decirme que no presentara el certificado, que la empresa la iba a notificar para mandarme a una junta médica, entonces decidí acercarlo personalmente, llegué 11.45 hs. pero el médico laboral ya no estaba y el enfermero a cargo me dijo que tenía órdenes de no recibirme ningún certificado, que espere en mi domicilio para que me manden a una junta médica”.

Inmediatamente la empresa disparó un telegrama de despido sin causa que le llegó al día siguiente, dos días despúes despidieron a Mariana.

El cuerpo de delegados de Jumbo Escalada lleva más de dos décadas de mandato por el beneficio de la lista única, entre sus cuatro integrantes se destaca la presencia de Eduardo Wlasiuk, Secretario de Administración de la comisión directiva del SEC que preside el empresario Armando Cavalieri.

“Todo el mundo sabía de la carta, aunque los delegados Redruello y Cosnard nunca más volvieron a hablarnos, nos mandaban a decir que nos quedáramos en el molde y no hiciéramos nada más, nuestros compañeros nos comentaban cosas que ellos decían, como que estábamos en una lista para echarnos y que no iban a parar hasta dejarnos sin trabajo”.

Hecho que finalmente sucedió hace tres semanas.

Sindicalistas de Chengdú dialogaron con sus pares de la CTA

En una visita que realizan a Argentina, dirigentes de la Federación Sindical del Municipio de Chengdú, con 14 millones de habitantes en el sudoeste chino, entrevistaron a sindicalistas de la CTA argentina para conocer la realidad laboral de nuestro país. El encuentro se hizo en el centro cultural BuddhaBA y contó con la colaboración de la Asociación Barrio Chino de Belgrano y de la revista Dang Dai.

Una delegación de alto nivel de la ciudad de Chengdú, capital de la pujante provincia de Sichuan, visita la Argentina y entre otras actividades se reunió este jueves con sindicalistas argentinos. Igual que hicieron con otros actores, en este caso los visitantes quisieron conocer de primera mano el mundo de las relaciones laborales en Argentina.

Chengdú tiene 14 millones de habitantes, está ubicada al sudoeste de China y el gobierno central la designó como centro logístico, comercial, financiero, científico y tecnológico, así como de transporte y comunicaciones del oeste del país, que está menos desarrollado que el oriente. Es ahora un centro importante de las actividades rurales e industriales y una encuesta sobre ámbitos de inversión que hizo el Banco Mundial en 2007 la calificó como «ciudad base para las inversiones en el interior de China».

El encuentro con gremialistas fue realizado en el restaurante BuddhaBA, que dirige Margarita Lin Shyu de Hsieh, y gestionado por la revista Dang Dai.

Participaron varios miembros de la misión –sindicalistas y funcionarios del gobierno municipal- liderados por Guo Qiang, vicepresidente de la Federación Sindical del Municipio de Chengdú, enrolada en la central obrera nacional, y ofició de intérprete Antonio Chang, directivo de la Asociación Barrio Chino de Belgrano.

Por la parte argentina fueron interlocutores sindicalistas de los gremios de prensa y del neumático, siendo el principal vocero Pedro Wasiejko, titular del Sindicato Único de Trabajadores del Neumático de la Argentina y secretario general adjunto de la CTA, Central de los Trabajadores Argentinos.

La delegación china indagó acerca de las condiciones en que se desarrolla el gremialismo argentino, los mecanismos de negociación colectiva sobre salarios y normas laborales, los beneficios que prestan los sindicatos a sus afiliados, incluido aquellos en casos de desempleo; estadísticas sobre ocupación, desocupación y niveles salariales, y relaciones laborales entre trabajadores, patronales y Estado.

Wasiejko explicó, entre otros puntos, la realidad laboral argentina previa a la dictadura militar, el retroceso que sufrieron los obreros y las leyes sindicales en ese período y luego en los años ’90 y, más recientemente, la recuperación de los mecanismos de negociación colectiva y paritarias, y de los salarios, a partir de 2003.

Varias preguntas de la delegación de Chengdú apuntaron a cómo se relacionan los trabajadores con sus sindicatos en aspectos como bolsas de trabajo, cursos de capacitación, apoyo o no del Estado, rol de las patronales y cómo está situado nuestro país en lo sindical comparado con otros países de Sudamérica.

Wasiejko explicó que la afiliación es voluntaria (la ubicó en torno a casi 40% del total de trabajadores, es decir unos 7 millones de trabajadores sobre 17 de la población activa) y en cambio obligatorio el aporte para el sistema de obras sociales, que en forma casi inédita en el mundo manejan en Argentina los propios sindicatos y financian los trabajadores y los empleadores, con regulación estatal.

Respecto de la comparación con otros países vecinos, el dirigente de la CTA dijo que hoy nuestro país tiene niveles relativamente altos, con una tasa de desempleo que cayó por debajo del 8% (era casi el triple en la crisis de 2001) y salarios con un promedio que en dólares suman casi 400 el haber mínimo obligatorio (el más alto de la región), casi el doble el promedio total y cerca de 1000 dólares en el caso de los trabajadores formalizados, siendo que todavía en Argentina todavía casi un tercio de los empleados lo son de modo irregular.

Publicado por Dangdai

“En las paritarias se deben discutir contenidos que exceden lo salarial”

WASIEJKO RECIBIÓ A TOMADA EN LA SEDE DEL SUTNA JUNTO A DIRIGENTES DE LA FETIA

El ministro de Trabajo de la Nación, Carlos Tomada, visitó la sede del Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (SUTNA-CTA) cuyo titular, Pedro Wasiejko, lo recibió junto a una delegación de dirigentes de la Federación de Trabajadores de la Industria y Afines (FeTIA) que también conduce. La postura frente a las paritarias 2012, la necesidad de discutir otros contenidos más allá de lo salarial y de poner en pleno funcionamiento las comisiones que componen el Consejo del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo fueron algunos de los temas que se abordaron en el encuentro.

“Fue una reunión interesante en la que intercambiamos opiniones sobre diversos temas. Ratificamos que en las paritarias no debe haber un techo y que se deben establecer acuerdos en los que no sólo se discuta un número. Tomada manifestó en relación a este tema que no hay ni techo ni piso y coincidió también en la importancia de discutir contenidos que vayan más allá de lo salarial. Hablamos sobre los alcances de la última negociación colectiva que encabezamos en el gremio en la que logramos incorporar cláusulas que el propio ministro consideró de avanzada como la de Género o la de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene y dialogamos también sobre la participación en las ganancias de los trabajadores en función de la realidad de cada sector”, indicó Wasiejko.

En relación con la equidad de género, Wasiejko junto a Estela Díaz dieron cuenta del trabajo realizado para incorporar en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) una cláusula que implique que las empresas adopten acciones concretas para garantizar ese derecho. “Logramos así agregar un punto en el que las fábricas se comprometen a adoptar medidas de acción positiva que posibiliten la participación efectiva de las mujeres en la industria del neumático», señaló.

En cuanto a la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, el titular del SUTNA explicó que “en la última negociación se agregó una cláusula que es por ahora única en un Convenio de este tipo en el país en la que se establece que se debe realizar una reunión mensual entre los representantes del sindicato y de la empresa con conocimiento en la materia para analizar las cuestiones vinculadas con el mejoramiento de la higiene y seguridad del establecimiento, las condiciones del ambiente laboral, el análisis de las enfermedades profesionales y/o de los accidentes de trabajo. Tomada reconoció la importancia de este avance».

Por otra parte y también en relación con las paritarias, el titular del SUTNA reiteró la necesidad de hacer acuerdos a largo plazo en los que se garantice el poder adquisitivo de los trabajadores y se logre una mejora real del salario y Tomada destacó la importancia que tiene para la política de este gobierno sostener el nivel de ingresos de los trabajadores para mantener la actividad económica y lograr la inclusión de más trabajadores al ámbito laboral.

En relación al Consejo del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Wasiejko reiteró la necesidad de definir la metodología para fijar la canasta familiar para que sea un valor de referencia a la hora de definir los salarios y señaló que las comisiones que componen dicho ámbito deben funcionar plenamente.

Respecto al ámbito institucional, los dirigentes del SUTNA reivindicaron la importancia de tener un sindicato democrático en su vida interna y su compromiso innegociable en el combate al trabajo irregular.