Ayer 3/10 la FeTIA realizó su Plenario Nacional en la sede del Centro Cultural Octubre, Lanús, previo al Congreso y Plenario de la CTA de los trabajadores. Cerca de un centenar de
compañeros y compañeras representantes de las regionales, ramas y miembrxs de la Comisión Nacional, fueron parte del encuentro encabezado por el Sec. General Pedro Wasiejko, quién dio la bienvenida y pidió la lectura del documento propuesto para el debate de uno de los temas de la convocatoria: ir hacia la unidad con la CGT.

Luego, las intervenciones de lxs compañeros aportaron nuevos elementos y consideraciones muy valiosas que se incorporarán al documento en los próximos días. Por ahora compartimos la propuesta original aprobada por el plenario, y que lleva implícita el compromiso de iniciar un camino de unidad con la CGT. Concebido como un proceso complejo, aceptamos el desafío.

Otros miembros de la conducción nacional de la FeTIA presentes fueron Marcelo Mena, sec. General Adjunto, Lorenzo Barrientos, Ariel Basteiro, Estela Díaz y Eduardo Menajovsky entre otrxs. También participaron León Piasek y Luciano Doria, del equipo jurídico.

El otro tema a tratar tuvo un rápido trámite: en pleno y sin discusión se aprobó por unanimidad apoyar la candidatura de Alberto Fernández y Cristina Fernández de Kirchner en las próximas elecciones del 27 de octubre.

Con alegría de saber que estamos transitando colectivamente un momento histórico, -quedó plasmado en las imágenes-, partimos hacia el Congreso de la CTA.

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En el día de ayer el Presidente Macri dicta un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU 669/2019) , mediante el cual se reforma el art.12 de la Ley de Riesgos de Trabajo vigente (ley 27348), mediante el cual se altera la base de cálculo del Ingreso Base mensual con la que se calculan las  indemnizaciones por accidentes y enfermedades profesionales; ésta preveía una tasa de interés adecuada a la desvalorización monetaria y tenía como fin tender a una reparación más justa y equitativa de los daños de las víctimas, que era la Tasa Activa del Banco Nación. La reemplaza ahora por el RIPTE (Índice de remuneraciones) que refleja el incremento salarial, devaluado y licuado en relación al real costo de vida y en especial de la canasta básica.

Este DNU no pasa ningún test de constitucionalidad;  es inconstitucional porque viola el artículo 76 de la CN, que establece la excepcionalidad este tipo de decreto, para impedir la arbitrariedad de ignorar al Poder Legislativo, quien es quien debe tratar la sanción de una ley que reforma una norma legal vigente. Es también inconstitucional porque pretende legislar con retroactividad y esencialmente porque atenta contra atenta contra derechos humanos laborales; es regresivo, avanza contra el derecho de los familiares del trabajador fallecido y de quien sufre una incapacidad que lo incapacita.- Esta reducción en el monto de las indemnizaciones, favorece a las ART, que son grandes estructuras empresariales y financieras, que pueden especular con la retención de las sumas ante la especulación y ganancias que les generan tasas de más del 90% de intereses, entre otros negocios . Esta quita en las indemnizaciones tiene como beneficiarias a las ART y a las empresas que reducen las primas y se dicta a pocos días del accidente faltan en Ezeiza  Una vez más el gobierno elige proteger a los más poderosos, en lugar de adoptar medidas para que las ART , los empleadores y el Ministerio de Trabajo cumplen y hagan cumplir estrictamente las obligaciones prevención , cuidado , capacitación y reparación integral de los daños y perjuicios causados por los siniestros laborales que  en el último año ascienden a más de 400.000 y se estima 1,5 muertes por día por causas laborales.

León Darío Piasek

Director del Equipo Jurídico de la FeTIA